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Definición
Adjetivo. Se entiende por asegurador el que asegura, ampara, protege, resguarda, afianza, consolida y salva guardar a alguien de todo peligro y contingencia. (en derecho) Se dice de una empresa o persona en particular que asume la asunción de los riesgos ajenos a cambio de la apreciación de prima.
Etimología
Este término etimológicamente proviene del verbo activo transitivo «asegurar» y del sufijo «dor» que indica el que suele realizar la acción.
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► andira guacu DefiniciónSustantivo masculino. Es una palabra de uso anticuado y que (en zoología) que se refiere a un mamífe...