Tabla de contenido
Definición
Adjetivo. Se entiende por autonómico que es relativo, concerniente, alusivo y perteneciente a la autonomía, en la forma de gobierno que erige las leyes y las normas por uno mismo o de las comunidades autónomas que conforma la división política de España.
Etimología
Esta palabra etimológicamente se compone del sustantivo «autonomía» y del sufijo «ico» que indica cualidad o relativo de.
► alegranza Definición
"alegranza" es un sustantivo femenino que se refiere a la acción y resultado de alegrar o de alegra...
► aturrullar DefiniciónVerbo activo transitivo. Este vocablo se trata de despistar, desorientar, confundir y equivocar a al...