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Definición
Sustantivo masculino. Es un termino que se define como la acción y resultado de consentir o de consentirse, en autorizar, permitir, acceder, condescender, facultar o admitir que se haga en alguna cosa o la acción. (en derecho) Declaración o demostración de voluntad de manera expresa en la cual una persona se vincula jurídicamente.
Etimología
Este vocabulario en su etimología proviene del verbo activo transitivo «consentir» y del sufijo «miento» que indica acto, estado y efecto de.
► cartería DefiniciónSustantivo femenino. Este vocabulario se refiere a la dignidad, puesto o función del cartero que se ...
► chamicero DefiniciónAdjetivo. Este vocablo se refiere como relativo, perteneciente y concerniente al chamizo de cualquie...
Frase de ejemplo:
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