Definición
Sustantivo masculino. Se entiende por cordel a una especie de cuerda o maroma delgada. Alejamiento, distancia, longitud o un trayecto de cinco pasos. Camino pastoril para los ganados errantes que en la legislación de la Mesta corresponde a 45 varas de ancho. Medida agraria para áridos usado en Cuba que equivale a 414 centiáreas y la lineal a veinte metros. (en Andalucía España), Bolivia, Colombia y Nicaragua) especie de cuerda que se usa para arrojar al peón.
Etimología
Este término etimológicamente procede del catalán bajo denominación «cordell».