Definición
Sustantivo masculino. La definición de este término hace referencia a un derecho perpetuo o vitalicio de propiedad que tiene una persona sobre una cosa, el privilegio al que se le concede, puede ser excluyente o exclusivo, también real y autónomo y en lo personal. Pensión vitalicio que se concedía sobre la renta pública ya por merced, recompensa de servicio o por vía de réditos de un capital recibido.
Etimología
o en su etimología viene del latín «iur» o «iuris» que quiere decir derecho.