Definición
Sustantivo masculino. Este vocablo pocas veces suele ser registrado y tiene un uso poco profuso, alude (en derecho) a un derecho o privilegio a disfrutar los bienes o propiedades ajenos con la exigencia de conservarlos, salvo que la ley autorice otra cosa. (en derecho) frutos, utilidades o beneficios que se deriva del mismo privilegio. Beneficio, utilidad o renta que se saca de algo.
Etimología
Este vocabulario en su etimología es conferido del latín tardío «usufructus» que quiere decir usufructo.