Definición
Es un adjetivo (en derecho) tiene como significado el que es concerniente, relativo o perteneciente al agnado o que tiene como parentesco, vinculación o del primer grado de consanguinidad o descendencia directa de varón en varón que se dice también descendencia o sucesión agnaticia.
Etimología
palabra en su etimología se compone de «agnación» y del sufijo «icio» que indica perteneciente, acción o resultado de y del latín «agnātĭtĭus».