Definición
Sustantivo femenino. Este vocablo se relaciona y se refiere a una prebenda, una renta ajena o de un beneficio superior de los eclesiásticos al que corresponde al cabildo en una iglesia colegial que puede ser por las colegiatas o por una catedral y puede clasificarse en doctoral, magistral o penitencial dependiendo de la función asignada. De uso coloquial se aplica a una dignidad o puesto de poco trabajo y bastante beneficioso.
Etimología
Este vocablo etimológicamente procede del español antiguo «canonje» canónigo y a su vez del provenzal «canonge» del mismo significado.