Colegislador

Definición

Adjetivo. Se dice de un organismo, corporación, asociación o entidad que concurre con otro para la formación de leyes o relacionado con la jurisprudencia y también del derecho penal o civil, perteneciente a la rama judicial.

Etimología

Este término etimológicamente procede del prefijo «co» de «con» agregación  y del latín «legislātor» que quiere decir legislador.

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Bibliografía ► Definiciona.com (17 junio, 2015). Definición y etimología de colegislador. Recuperado de https://definiciona.com/colegislador/