Definición
Adjetivo. Se dice (en derecho) de un condenado o procesado que legalmente se ha comprobado del delito o de la acusación aunque no haya delatado o confesado dicha acción. Sustantivo masculino y femenino. Es una persona que cumple en la pena de la privación de la libertad o de un centro penitenciario su condena. Participio pasivo irregular del verbo convencer.
Etimología
te vocablo en su etimología es de procedencia latina bajo denominación «convictus» participio pasivo de «convincĕre» que quiere decir convencer.