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Definición
Sustantivo femenino. Es un termino de uso obsoleto se refiere como la acción y resultado de derogar o derogarse, en abolir o anular la ley o norma, también se refiere a una revocación, cancelación, anulación, supresión o abrogación, de una constitución o estatuto. Merma, perjuicio o una afrenta de algo físico y moral.
Etimología
Este vocablo procede del verbo activo transitivo «derogar» y del sufijo «miento» que indica acto, estado y efecto de.
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► desobstruente DefiniciónAdjetivo. Este vocabulario se encuentra desusado en el diccionario del idioma español, se define com...