Definición
Sustantivo femenino. Este vocablo se refiere como la acto o el resultado de enajenar o de enajenarse. Omisión, distracción o inadvertencia, la carencia de atención, admiración, embeleso, asombro, arrebato y embelesamiento. (En derecho) estado mental del acusado y que no es responsable de las acciones; puede ser de una manera transitoria o permanente, este se le conoce como enajenación mental.
Etimología
ocabulario procede del verbo activo transitivo «enajenar» y del sufijo «ción» que indica efecto, hecho o acción de.