Definición
Sustantivo masculino. Es una palabra en la actualidad se encuentra desusada, se define (en derecho) como la afirmación o la negación de algo o de un juramento legal o legalizado, que se toma por pedimento de la parte y que el juez toma del desempeño, así mismo de juramentar y tomar alguna posesión.
Etimología
término etimológicamente proviene del verbo activo transitivo anticuado «enjurar» y del sufijo «miento» que indica acto, estado y efecto de.