Tabla de contenido
Definición
Adjetivo. El que depende exclusivamente de la confianza, certeza, asentimiento, certidumbre, crédito y la aceptación que se merezca. (en derecho) se dice de un contrato o un negocio que se basa directamente la confianza entre las partes. Sustantivo masculino y femenino. (en derecho) Heredero a quien el testador manda otorgar los bienes a los demás personas y dar su correspondiente inversión.
Etimología
Este vocabulario etimológicamente es de procedencia latina bajo denominación «fiduciarius» y con ella del italiano «fiduciario».
► frondícola DefiniciónAdjetivo. Este vocablo en la actualidad se encuentra desusado (en botánica) se refiere a un cáscara ...
► fastoso DefiniciónAdjetivo. Este vocabulario en la actualidad tiene un uso limitado, la definición de fastoso a una pe...