Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra se refiere a una prohibición, veto, impedimento o inhabilitación de hacer, obrar, realizar,decir o manifestar en algo, esta acepción se le conoce como entredicho. (en derecho) juicio, audiencia o proceso de tipo posesorio, recapitulación o un sumario de tipo jurídico
Etimología
término en su etimología viene del latín «interdictum»; del prefijo latino «inter» entre o intermedio y «dictum» que quiere decir dicho.