Definiciona

laudo

L - abril 6, 2017

Definición

Sustantivo masculino. Este termino se refiere (en derecho) a un fallo, veredicto, decisión, resolución, determinación, sentencia, decisión o dictamen dictado por el juez, tribunal, los árbitros o amigables componedores, que ponte la finalidad al procedimiento arbitral o también relacionado en el ámbito jurídico o judicial.

Etimología

Este vocablo en su etimología está compuesto del verbo activo transitivo «laudar» que quiere decir fallar una sentencia o dictamen.