Definición
Adjetivo. Se entiende como matrimonial como concerniente, relativo y perteneciente al sacramento del matrimonio como institución de tipo social en la unión conyugal entre el hombre y la mujer y con la finalidad de conformar una sola familia. (en derecho) pactos o tratados entre cónyuges antes y durante el matrimonio y en caso de disolverse se entregaran los bienes apartes o concedidos por el juzgado.
Etimología
te término etimológicamente viene del sustantivo «matrimonio» y del sufijo «al» que indica relativo, concerniente o perteneciente a, también del latín «matrimoniālis».