Definiciona

mayorazgo

M - junio 21, 2017

Definición

Sustantivo masculino. El significado de este vocablo abarca, compete y hace referencia a una institución civil del derecho castellano que se mantiene mediante unos bienes vinculados entre ellos, sin perder dicho privilegio y pasan directamente a los herederos o los hijos de una misma familia. Persona que goza y disfruta este derecho. Heredero de una persona que goza este derecho.

Etimología

Esta vocabulario  en su etimología proviene del sustantivo «mayor» y del sufijo anticuado «azgo» que indica condición o estado, también del latín «maioratĭcus».