Definición
Adjetivo. Se entiende por resolutorio el que puede implicar o denotar alguna determinación, resolución o alguna decisión, así mismo que tiene algún dictamen o disposición. (en derecho) Se dice especialmente de unan clausula o condición que previene la inacción o nulidad del título que la contiene. Aquello que extingue o anula el contrato por motivo legal.
Etimología
ino etimológicamente proviene del latín tardío «resolutorius» con el mismo significado.