Definición
Adjetivo. Se entiende por tenutario como concerniente, relativo y perteneciente al tenuta en el ámbito de derecho se puede referir a la posesión de las utilidades, ganancias, rentabilidades o rendimientos de un mayorazgo hasta que se decidía la pertenencia de su propiedad entre dos o varios demandantes.
Etimología
e vocabulario etimológicamente se compone del sustantivo «tenuta» y del sufijo «ario» que indica que recibe algo y relativo a.