Definición
Sustantivo masculino. Este término en la actualidad se encuentra desusado, se define (en derecho) a una declaración de tipo voluntaria de una persona expresando lo que quiere que se haga con sus bienes después de su muerte; es un acto solemne sometido a ciertos requisitos y en la que consta la institución de un heredero o sucesor.
Etimología
e vocablo en su etimología es de origen incierto; conferido del latín «testamentum» que quiere decir testamento.