Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra se refiere a la acción y resultado de trastornar o trastornarse. Alteración o variación leve de la salud. Estado mental que no es responsable de las acciones o actos de una persona, esta acepción se le conoce como enajenación mental en el ámbito de derecho.
Etimología
Este término en su etimología es influido el verbo activo transitivo «trastornar» con la misma acepción.