Tabla de contenido
Definición
Sustantivo masculino. Este vocablo, en su concepto, corresponde, atañe y hace referencia (en derecho) abarca, implica y hace referencia a un derecho, cesión o privilegio a disfrutar los bienes ajenos con la obligación o exigencia de conservarlos, salvo que la ley o la normatividad autorice otra cosa. (en derecho) frutos, rentas, utilidades, provechos o beneficios que se deriva del mismo derecho. Fruto, utilidad o beneficio que se saca de algo.
Etimología
Este vocabulario en su etimología viene del latín tardío «usufructus»; de «usus» uso y «fructus» fruto.
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► uerto DefiniciónSustantivo masculino. Esta palabra en la actualidad se encuentra desusada (en agricultura) abarca, i...