Definiciona

ajuntamiento

A - junio 20, 2014

Definición

Es un sustantivo masculino de uso obsoleto se define como la acción y resultado de ajuntar o de ajuntarse o de juntar o de juntarse, en agrupar, unificar, acoplar, adjuntar y enlazar una cosa en otra. Amontonar, aglomerar y en reunir en una cantidad determinada.

Etimología

Este vocabulario en su etimología se compone del verbo activo transitivo anticuado «ajuntar» y la forma correcta «juntar» y del sufijo «miento» que indica acción y resultado.