Definición
Sustantivo masculino. Este vocablo es de uso anticuado (en derecho) que se dice de una disposición que hace el testador y que añade en el documento del testamento con la posterioridad de ser concedido y a su vez en modificar como parte complementario como un requisito exigido en la comunidad autónoma de Cataluña.
Etimología
e vocabulario viene de «codicilo» con ella del latín «codicillus» forma diminutiva de «codex» o «codĭcis» que significa código.