Definición
Adjetivo. Se entiende por demanial como concerniente, relativo y perteneciente al demanio o los dominios del uso público o de una concesión que compete a la administración como las aguas continentales y del régimen implica la propiedad de dicha administración o la potestad que tiene los bienes naturales que no son protegido por derechos de autor.
Etimología
Este término etimológicamente viene del sustantivo «demanio» y del sufijo «al» que indica relativo, concerniente o perteneciente a.