Definición
Adjetivo. Este termino hace alusión (en derecho) el que deniega, rechaza, impugna, rehúsa y desestima, el que contiene en la denegación o de no otorgar ni conceder en lo que se esta solicitando o requerido como el procedimiento de auto denegatorio.
Etimología
e vocablo en su etimología está compuesto del verbo activo transitivo «denegar» y del sufijo «torio» que indica concerniente o perteneciente a un lugar relativo.