Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra hace alusión (en derecho) a una inclinación o resolución por la cual el testador o que hace el testamento deja su heredad o hacienda o parte de ella y que se encomienda a la buena fe y certeza de alguien para que, en caso de y de un lapso determinado se transmite a otra persona o que se pueda invertir que sea indicado.
Etimología
e término en su etimología es conferido del latín «fideicommissum» que quiere decir fideicomiso.