Definiciona

mayorazgüelo

M - junio 21, 2017

Definición

Sustantivo masculino y femenino. Este vocabulario es de uso bastante infrecuente, inclusive obsoleto, se refiere como la parte diminutivo de mayorazgo, como una institución del derecho civil propio en España al que se le concede o adjudica los bienes a un heredero, especialmente a los hijos y como vinculación de tipo jurídica.

Etimología

a palabra en su etimología viene del sustantivo «mayorazgo» y del sufijo «uelo» que indica como valor diminutivo.