Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra se refiere (en marina) a un documento que da en un navío o embarcación grande al líder de las fuerzas navales contrarias para que no sea presionado ni intimidado en su navegación. Documento, título o salvo conducto que, con carácter provisional, transitorio o eventual da un cónsul a un navío mercante adquirido en el extranjero, para que pueda ir a abanderarse, registrarse y matricularse en un portuario español.
Etimología
no etimológicamente procede del verbo activo transitivo «pasar» y del adverbio «avante».