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Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra se define a la acción y resultado de perdonar o perdonarse, en olvidar algún yerro, falta o pecado en que ha cometido, en no guardar algún rencor y no tener en cuenta como una obligación, ofensa, deuda o agravio, en librar de un castigo o renunciar en alguna mala costumbre.
Etimología
Este termino proviene del verbo activo transitivo «perdonar» y del sufijo «miento» que indica efecto o acto de.
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