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Definición
Sustantivo femenino. Esta palabra en la actualidad se encuentra desusada (en derecho) se refiere a una expresión usado en el ámbito de derecho para definir a un exceso cuantitativo de la demanda sobre lo exigible o debido y en excepción producido producido a tal causa, al que tiene la indemnización o dicho derecho, muy común en las leyes españolas.
Etimología
Este término etimológicamente están compuesto del latín «plus» más y «petitĭo» la acción o el acto de pedir.
► pecíolo DefiniciónSustantivo masculino. Este vocablo, en su concepto, corresponde, atañe y hace referencia (en botánic...
► pulmonaria DefiniciónSustantivo masculino. Este vocabulario es de uso bastante infrecuente, inclusive obsoleto (en botáni...