Definición
Adjetivo. Este vocablo se refiere (en derecho) que se requiere, exige o pide una decisión o sentencia anterior y previo dictamen o fallo de lo principal. Se dice especialmente de una acción, acto, exclusión o singularidad que ante todos los elementos se define definir, determinar o examinbar.
Etimología
Este vocabulario etimológicamente esta compuesto del latín tardío «praeiudiciālis»; formado del latín «prae» antes y «iudiciālis» que quiere decir judicial.