Definición
Sustantivo masculino. Esta palabra se define a la acción y resultado de requerir o requerirse, en necesitar a alguien que se dedica alguna cosa, o comunicar una persona con autoridad pública. (en derecho) acto o acción judicial por la que se intima que se realice o deje de hacer algo. Aviso, pregunta, demostración o notificación que se hace por fe notarial, a alguien exigiéndose de el a que se declare su actitud o su respuesta.
Etimología
Este término etimológicamente esta compuesto del verbo activo transitivo «requerir» y del sufijo «miento» que indica acto, estado y efecto.