Definición
Adjetivo. Se entiende por condenatorio el que contiene la sentencia, sanción, fallo, castigo o escarmiento, en que se puede motivar. Se dice de una declaración judicial el que sentencia o penaliza al infractor que entregue una cosa y que cumpla algunas obligaciones.
Etimología
te vocablo en su etimología se compone del verbo activo transitivo «condenar» y del sufijo «torio» que indica concerniente o perteneciente a un lugar relativo.