Definición
Sustantivo femenino. Esta palabra se refiere (en derecho) a una porción o parte de la herencia de que el testador no puede disponer de una manera libremente por asignar, otorgar o adjudicar por ley a unos determinados herederos o que quedan a su nombre en los bienes o propiedades del difunto o fallecido.
Etimología
Este término en su etimología es la parte femenino de «legítimo» y con ella del latín «legitĭmus».