Definición
Sustantivo femenino. Se define como el cúmulo de leyes que se encargan de la regulación de algún tema o situación en particular. Una compilación de las reglas o leyes con vigencia.
Etimología
Este término se encuentra constituido con raíces de naturaleza latina y presenta el sentido etimológico de “cualidad de lo concerniente de las reglas que determinan manera, acción o proporción. Se estructura con los lexemas ‘norma’, que en español traduce ‘regla’; más el sufijo ‘tivo’, que alude a una relación de tipo activo o pasivo.
La normativa lingüística
Así se denomina a la recopilación de reglas lingüísticas que establecen la forma acertada del empleo gramatical, que abarca además, el grupo de elementos gracias a los cuales se puede conseguir una interpretación semántica correcta.
La normativa jurídica
También se le conoce como “la normativa legal”. Consiste en unas normas impuestas por una autoridad legítima, con el propósito de regular el comportamiento o la forma de actuar de una persona o entidad, con relación al cumplimiento de metas establecidas. Tal es el caso de una normativa jurídica que sigue una empresa, de acuerdo con las leyes asociadas con el ámbito laboral.
También se habla en este contexto, de la “jerarquía normativa”, definida como un principio del ordenamiento jurídico, que tiene como objetivo brindarle protección jurídica. Esta clase de normas se estructuran de modo piramidal, ubicando las de menor relevancia en la parte inferior, aunque éstas no son contrarias a las superiores.
El modelo que lo plasma se refleja en la pirámide de Kelsen, organizada en tres niveles: el de la Constitución, el de las leyes orgánicas y el que concierne de las leyes ordinarias. Asimismo, se halla un sub nivel en el que figuran los reglamentos, por encima de las ordenanzas y en la base piramidal, se hallan las sentencias.
Es claro, que cualquier violación a una normativa, acarrea alguna clase de sanción.