Definición
Adjetivo. Se entiende por cardenalicio como relativo, concerniente o perteneciente al cardenal como uno de los rangos eclesiásticos de la iglesia católica y que tiene su función de elegir un nuevo Papa en caso que ocurre un fallecimiento o la renuncia y pasar a una reunión de cónclave mediante unos votos y concedido también por la santidad.
Etimología
vocablo en su etimología está compuesto del sustantivo «cardenal» y del sufijo «icio» que indica propio de o relacionado a.