Definición
Sustantivo femenino. Este vocablo se define como un acontecimiento o suceso que se puede seguir o resultar de otro. Equivalencia lógica entre el comportamiento de una persona y los principios y valores que se profesa. La locución preposicional a consecuencia de, quiere decir algún resultado o efecto de una acción.
Etimología
Este vocabulario en su etimología viene del latín ‘consequentĭa’, forma sustantiva abstracta de ‘consĕquens’, que quiere decir consecuente.
Frase de ejemplo:
Las consecuencias de la tragedia de armero son muchas vidas humanas y graves pérdidas económicas.
Por ley universal, toda acción conlleva una consecuencia, buena o mala. En otras palabras, cada individuo es responsable por sus acciones, determinaciones y las consecuencias de los mismos.
No obstante, en la vida acontecen eventos imprevistos, no influenciados por alguna persona, que igualmente ocasionan consecuencias. Se trata de sucesos accidentales, que liberan de cualquier responsabilidad a alguien. Podría acontecer, por ejemplo, que las fuertes condiciones meteorológicas causen un derrumbe que incomunique la vía.
La consecuencia lógica
En la filosofía, la consecuencia lógica es el resultado de la combinación de la conclusión de un argumento basado deductivamente con las premisas. Ejemplos: “Mauricio es un ser humano, en consecuencia Mauricio siente hambre, sed, frío y calor.
Las consecuencias sociales
Son las que se derivan de alguna condición, decisión o acto, que alteran las relaciones de la persona con los factores sociales. Por ejemplo, una persona que padece síndrome de Down, no se puede integrar con normalidad a la sociedad. Entonces, el no poder entender ni comprenderse con los demás, por su estado mental, es una consecuencia social de esa enfermedad.
La consecuencia jurídica
Ésta se asume por haber infringido alguna norma o ley, lo cual se traduce en cometer un delito. Si un individuo agrede físicamente a otro, se verá enfrentado a sanciones monetarias y penales. Y especialmente, la norma jurídica presenta la peculiaridad de un supuesto de hecho y a su vez, una consecuencia jurídica, misma que puede ser buena o mala.
Causa y consecuencia
Una de las leyes universales es la de causa-efecto: “A tal causa, tal efecto y a tal efecto, tal causa”. Esta expresión se emplea al dar cuenta de los precedentes que han conllevado a que se presente algún evento concreto y asimismo, a la manera como este acontecimiento específico ha afectado y configurado las circunstancias posteriores al mismo. De tal modo, que la causa es la base o el detonante de algo y la consecuencia, es lo que resulta.