Definición
Qué es, concepto o significado
Sustantivo masculino. El término estatuto tiene una acepción amplia; no obstante, por regla general hace referencia a algún tipo de normatividad que rige una sociedad o a un grupo de personas reunidas con un fín en común a fin de regular determinadas acciones. Por lo común dicha reglamentación de compone de varias directrices, por lo que es frecuente escuchar la expresión no en singular, sino en plural (estatutos).
Asentamiento, establecimiento o instauración, precepto o regla que tiene fuerza de ley para el gobierno de un cuerpo. Prescripción, ordenamiento o mandato eficaz para obligar en cualquier documento como el contrato. Ley especial para el régimen de manera autónomo de un país, región o provincia dictado por el estado de forma aparte.
Etimología
Origen, historia o formación
Este término proviene del latín «statutum», con igual acepción y hace referencia a la reglamentación de algo y que ha quedado en firme, estable y estático.
Usos y aplicaciones de estatuto
Reglamentan y regulan una actividad.
Frase de ejemplo:
Estatuto de la comunidad autónoma de Galicia.
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Bibliografía ►
Definiciona.com (3 abril, 2014). Definición y etimología de estatuto. Bogotá: E-Cultura Group. Recuperado de https://definiciona.com/estatuto/
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